Clasificación empresarial
La Clasificación Empresarial es un requisito esencial para poder contratar obras con la Administración Pública que tengan un importe igual o superior a los 500.000 euros. Este proceso se traduce en la obtención de un certificado de clasificación de obras, el cual es indispensable y no puede ser sustituido por ninguna otra acreditación cuando es exigido legalmente.
Este certificado acredita la solvencia económica y financiera (SEF) de la empresa, así como su solvencia técnica y profesional (STP). Aunque la vigencia del certificado es indefinida, es necesario realizar un mantenimiento anual (SEF) y trianual (STP) para asegurar que los recursos presentados en el expediente no han cambiado. Cualquier empresa tiene la posibilidad de solicitar una revisión de su Clasificación Empresarial.
En cuanto a los contratos de servicios con la Administración Pública, la clasificación no es obligatoria, pero resulta altamente recomendable para demostrar solvencia ante los diversos organismos.
Las empresas se clasifican en grupos y subgrupos de actividades, cada uno con límites económicos definidos por categorías. En función de esta clasificación, las organizaciones pueden optar a diferentes tipos de contratos.
Categoría clasificación de empresa en obras
Las categorías de los contratos de obras, son determinadas por su anualidad media y se ajustan a la siguiente clasificación:
- Categoría 1, si su cuantía es inferior o igual a 150.000 euros.
- Categoría 2, si su cuantía es superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros.
- Categoría 3, si su cuantía es superior a 360.000 euros e inferior o igual a 840.000 euros
- Categoría 4, si su cuantía es superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros.
- Categoría 5, si su cuantía es superior a 2.400.000 euros e inferior o igual a cinco millones de euros.
- Categoría 6, si su cuantía es superior a cinco millones de euros.
Actualmente, la Clasificación de Contratistas de Obras acredita 11 grupos: A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K y 69 subgrupos, con su correspondiente numeración.
Categoría clasificación de empresa en servicio
Las categorías de los contratos de servicios, son determinadas por su anualidad media y se ajustan a la siguiente clasificación:
- Categoría 1, cuando la cuantía del contrato sea inferior a 150.000 euros.
- Categoría 2, cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros.
- Categoría 3, cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros.
- Categoría 4, cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 600.000 euros e inferior a 1.200.000 euros.
- Categoría 5, cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 1.200.000 euros.
En la Clasificación de Empresas de servicios existen 9 grupos: L, M, O, P, Q, R, T, U, V y 34 subgrupos.